El Acuerdo Comercial forma parte de una estrategia comercial integral que busca convertir al Perú en un país exportador, desarrollando una oferta exportable competitiva y promoviendo la inversión.
La UE es el segundo destino de nuestras exportaciones, con una participación de 15.7%. En 2009 las exportaciones peruanas a la UE alcanzaron los US$ 4 191 millones; mientras que las importaciones, en ese mismo período fueron de US$ 2 312 millones. Dicha región representa un mercado de grandes oportunidades, con más de 490 millones de habitantes con niveles de ingreso per cápita entre los más altos del mundo.
El nuevo formato “multipartes” de negociación se inició en enero de 2009, luego de agotados los esfuerzos para llevar a cabo la negociación “bloque a bloque” entre la Comunidad Andina y la Unión Europea (UE). Este nuevo formato, asumido por los países andinos que manifestaron su intención de continuar con las negociaciones, sólo abarcaría el pilar de comercio y tenía como condición la obtención de un acuerdo ambicioso y exhaustivo en comparación a lo que se tiene en el ámbito multilateral de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Se llevaron a cabo 9 rondas de negociación, siendo la ultima la celebrada durante l semana del 22 al 28 de febrero de 2010 en la ciudad de Bruselas, Bélgica. En aquella oportunidad se culminaron las negociaciones; sin embargo, actualmente se vienen ajustando algunos asuntos menores que quedaron pendientes y se ha dado inicio al proceso de revisión legal, por el cual se realiza una revisión horizontal del Acuerdo para asegurar que lo dispuesto en este tenga una adecuada congruencia y coherencia jurídica.
El acceso preferencial del Perú al mercado de la UE a través del SGP PLUS ha tenido un impacto significativo sobre las exportaciones y generación de empleo; sin embargo, este sistema presenta limitaciones dado su carácter unilateral y transitorio (vence el 31 de diciembre de 2011). Estas limitaciones convierten al SGP Plus en un mecanismo exitoso de corto plazo, que no generan los incentivos suficientes para atraer inversión que apuntale a consolidar las exportaciones hacia ese importante mercado.
El SGP Plus no incluye a todo el universo arancelario en el beneficio del arancel cero. Ofrece ingreso libre de aranceles a 7,765 líneas arancelarias (79.7 % del universo arancelario y 45.5% del valor importado desde Perú por la UE) y mantiene preferencias parciales para 89 subpartidas (0.9% del universo arancelario y 1.7% de las importaciones realizadas desde Perú por la UE) y exclusiones para el 19.4% del universo arancelario y 53.1% del valor importado desde Perú por la UE, para partidas tales como: naranjas, ajos, tomates, nueces (pecanas), lana, pelos finos, plomo, zinc y cadmio, entre otros.
El Acuerdo Comercial incluye todo el universo arancelario; para ello, en algunos productos de alta sensibilidad, se han negociado aperturas parciales que puedan ser profundizadas en el tiempo.
Entre los beneficios en cuanto a acceso a mercados, debe destacarse que se ha logrado una desgravación inmediata de los aranceles de la UE al 99.3% de las exportaciones del Perú, las mismas que representan el 95% de líneas arancelarias en productos agrícolas. En ese sentido, los productos de interés de Perú como espárragos, paltas, café, frutos del género capsicum, alcachofas, entre otros ingresaran al mercado europeo libre de aranceles a la entrada en vigencia del Acuerdo.
De otro lado, en bienes industriales se ha logrado la desgravación inmediata de sus aranceles al 100% de las exportaciones, las mismas que representan el 99.9% de líneas arancelarias. En cuanto a los productos sensibles para Perú, como algunos de los sectores plástico, textil y confecciones, calzado y metal mecánico, han sido incluidos con desgravación a 10 años.
Asimismo, en el Acuerdo Comercial no sólo se negocian aranceles, sino también temas tales como: reglas de origen, propiedad intelectual, servicios y establecimiento, compras gubernamentales, entre otros, los cuales coadyuvan a mejorar la clasificación del riesgo país y rebajar el costo del crédito y consolidación del mercado de capitales. De esta manera, se consolida la política de apertura de las actividades económicas, brindando certidumbre para el desarrollo de la inversión privada.
En cuanto a algunos temas de relevancia que contiene el Acuerdo, tenemos que se obtuvo una regla de origen para la pesca en donde la UE otorgó exclusivamente al Perú una excepción a la condición de propiedad de las embarcaciones para dar origen a especies en las cuales el Perú presenta interés de exportación, tanto en congelado como en conservas. Esta flexibilidad, además de la posibilidad de acumular origen con los países de la Comunidad Andina, Centroamérica, Panamá y Venezuela; y lo acordado en materia de acuicultura, dejan al Perú en una situación bastante más favorable que la actual bajo el régimen del SGP PLUS y se presenta como un hecho sin precedentes en los acuerdos comerciales negociados por la UE.
Otro de los temas importantes es la exención de Aranceles Aduaneros (Drawback), en donde la UE ha aceptado por primera vez en un acuerdo comercial que las mercancías que gocen de este mecanismo continúen siendo consideradas como originarias y gocen de las preferencias del Acuerdo.
En materia de indicaciones geográficas se concedió reconocimiento a la UE de una lista reducida de 200 indicaciones geográficas conformada por vinos y productos agrícolas; mientras que la UE hizo lo propio a nuestras 4 únicas indicaciones geográficas: Pisco, Maiz Blanco Gigante Cuzco, Pallar de Ica y Chulucanas.
Finalmente, la participación de la sociedad civil en materia ambiental y laboral es regulada en este Acuerdo en un ámbito nacional a través de comités o grupos nacionales; y en un ámbito internacional mediante sesiones con organizaciones de la sociedad civil convocadas por el Sub Comité de Comercio y Desarrollo Sostenible. Asimismo, se ha previsto la inclusión de un Grupo de Expertos para examinar asuntos que atañen al capítulo de comercio y desarrollo sostenible y que no hayan podido ser resueltos de manera mutuamente satisfactoria mediante consultas gubernamentales.
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