MEDIDAS QUE PROMUEVEN LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA
MARCO GENERAL
En
un entorno internacional adverso y volátil, la economía peruana presenta
riesgos para la consolidación de su proceso de recuperación gradual, lo que
incluye la mejora en las expectativas de los agentes económicos. Por ello, el
Consejo de Ministros ha aprobado un plan de estímulo fiscal bastante ambicioso,
equivalente a aproximadamente S/. 11,5 mil millones (2,2% del PBI), a través de
medidas de:
- reducción de impuestos (S/. 4 400 millones ó
0,8% del PBI);
- incrementos de gasto no contemplados en el
proyecto de ley de Presupuesto 2015: S/. 4 587 millones ó 0,8% del PBI del
Decreto de Urgencia (incluyendo el impacto en la economía de los cambios al
FEPC).
-
continuidad de inversiones y mantenimiento, por hasta S/. 3 300 millones ó 0,6%
del PBI, el cual se propondrá próximamente al Congreso para su aprobación, en
el marco del proyecto de ley de presupuesto público 2015.
Estas
medidas, junto con un proyecto de presupuesto público 2015 expansivo
(crecimiento nominal de 12% respecto de PIA 2014), implicarán un impulso fiscal
de más de 2,5% del PBI para el 2015.
El
conjunto de las medidas busca acelerar el ritmo de la actual recuperación de la
economía peruana, reenganchar expectativas de los agentes económicos, dinamizar
las decisiones de consumo e inversión y asegurar la ejecución oportuna de la
inversión pública.
MEDIDAS TRIBUTARIAS
IMPUESTO A LA RENTA DE EMPRESAS
Medida: Reducción de la tasa cobrada
a empresas y aumento de la tasa cobrada al reparto de dividendos de modo que se mantenga la carga combinada de 33%
1.
¿Por qué bajar la tasa del Impuesto a la Renta de
empresas?
·
Una tasa alta de IR les impide a las empresas disponer
de recursos para reinvertir y crecer, pues tienen un efecto adverso importante
y significativo en la inversión y el emprendimiento.
·
La menor tasa (26%) resulta
competitiva en relación con el promedio de la tasas de Latinoamérica y se
acerca a la de economías más avanzadas como la OECD y UE.
Concepto
|
Tasa Actual
|
Ejercicio
2015 - 2016
|
Ejercicio
2017 - 2018
|
Ejercicio 2019 en adelante
|
Impuesto a la Renta de 3era Categoría
|
30%
|
28%
|
27%
|
26%
|
Dividendos
|
4,1%
|
6,8%
|
8,0%
|
9,3%
|
2.
¿Por qué incrementar la tasa del IR al reparto de dividendos?
·
Para mantener la actual carga
tributaria en 33%
·
Para no afectar la recaudación
en el largo plazo
·
Cobrar una mayor tasa del IR al
reparto de dividendos puede promover que las utilidades generadas sean
reinvertidas antes de ser distribuidas
Efectos esperados
·
Incremento de la competitividad de la
economía peruana.
·
Aumentar los niveles de
inversión local.
·
Atraer inversión extranjera.
IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS
Medida: Reducir el Impuesto a la Renta para los contribuyentes que ganen entre 7
UIT (S/.26.600) y 12 UIT (S/.45.600) al año, desde el actual 15% hasta
el 8% a partir del 1 de enero del 2015. Adecuar la carga progresivamente para
mayores ingresos.
·
Objetivo:
Reducir la tasa de impuesto de la población de menores ingresos.
·
La
tasa inicial
actual de 15% es una de las más altas en la región.
·
Para
hacer más progresiva la tributación sobre los ingresos de los trabajadores.
·
Para
reducir el impacto que tienen los impuestos sobre la decisión de formalizarse.
·
Para
incrementar la liquidez de los trabajadores con menores rentas y que gastan una
mayor parte de sus ingresos.
Efectos
esperados
·
1,2
millones de peruanos pagarán menos impuestos
·
Sistema
más progresivo.
·
La
propuesta no grava a familias en situación de pobreza
IMPUESTO
GENERAL A LAS VENTAS
Medida: Durante un periodo de 3 años las microempresas
que obtienen hasta 150 UIT de ventas anuales y que adquieran bienes de capital
nuevos podrán obtener la devolución del IGV que gravó dicha adquisición.
Objetivo: Fomentar la inversión y acumulación
de capital en microempresas como un mecanismo para incrementar su productividad.
Beneficiados:
·
Si
se tiene en cuenta el nivel de ventas anuales de los contribuyentes reportados
en el 2013 se tiene un universo de 819 345 contribuyentes (micro empresarios) que registran ventas anuales hasta 150 UIT, los
cuales representan el 90% del total de contribuyentes que pertenecen al Régimen
General y Especial del Impuesto a la Renta.
Asimismo, adicional a la ya anunciada racionalización de
detracciones de 39 a 26 bienes, también se racionalizarán las percepciones de 40
a 6 bienes.
REBAJA DEL IMPUESTO
SELECTIVO AL CONSUMO A GASOLINAS Y GASOHOLES
·
En
los últimos meses, el precio internacional de combustibles se ha ido
reduciendo, por lo tanto a fin de asegurar que dicha rebaja se traslade al
precio interno, es necesario reducir los ISC en aquellos combustibles menos
contaminantes, como son las gasolinas y los gasoholes.
¿Qué efectos tendría en el precio de venta al
público?
En el
siguiente cuadro se muestra el efecto en los precios, incluyendo el anuncio de
reducción de precios anunciada por Petroperú el día de ayer:
Efecto en el Precio de Venta al Público
|
|||||||
(En S/. y en %)
|
|||||||
Combustible
|
ISC Vigentes
|
ISC Propuesto
|
|||||
PVP ayer1/
|
PVP hoy2/
|
Var. %
|
PVP hoy2/
|
Var. %
|
|||
Gasolina 97
|
17,00
|
16,45
|
-3,2%
|
15,50
|
-8,8%
|
||
Gasolina 95
|
15,71
|
15,19
|
-3,3%
|
14,37
|
-8,5%
|
||
Gasolina 90
|
13,59
|
13,09
|
-3,7%
|
12,48
|
-8,2%
|
||
Gasolina 84
|
12,77
|
12,29
|
-3,8%
|
12,00
|
-6,0%
|
||
Gasohol 97
|
16,88
|
16,33
|
-3,3%
|
15,46
|
-8,4%
|
||
Gasohol 95
|
15,57
|
15,05
|
-3,3%
|
14,32
|
-8,0%
|
||
Gasohol 90
|
13,49
|
12,99
|
-3,7%
|
12,43
|
-7,9%
|
||
Gasohol 84
|
12,68
|
12,19
|
-3,9%
|
11,97
|
-5,6%
|
||
1/ Precios PETROPERU al 12 noviembre de 2014.
|
|||||||
2/ Precios PETROPERU al 19 de noviembre de 2014
|
|||||||
Fuente: PETROPERU
|
|||||||
Elaboración: DIEOT-DGPIP
|
Asimismo,
se reduce el precio de diesel para uso vehicular y
el GLP envasado, combustibles considerados en el Fondo para la Estabilización
de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo (FEPC), a través de una actualización
excepcional de la Banda de Precios del mecanismo del FEPC (hasta junio 2015),
con el fin de trasladar el efecto de la caída de los precios internacionales
del petróleo al mercado interno.
La
propuesta aprobada por el Consejo de Ministros generaría una caída de S/. 1 por
galón en el caso de diesel para uso vehicular y de S/. 1,6 por kilogramo en el
caso de GLP envasado, lo que resultaría en un menor costo para la economía,
equivalente a S/. 338 millones.
Las tres
medidas en conjunto (cambios en el ISC, actualización de bandas del FEPC, baja
en el precio de Petroperu), implican un ahorro en los consumidores finales de
S/. 857 millones.
OTRAS MEDIDAS
Fiscalización Parcial Electrónica
•
Actualmente la fiscalización
parcial implica el desplazamiento del agente fiscalizador al domicilio fiscal
del contribuyente.
•
Se plantea regular la fiscalización
parcial electrónica a través de la plataforma virtual.
•
La FPE utilizará la información
contenida en las declaraciones, registros y comprobantes electrónicos.
•
En base a dicha información, la
FPE se inicia con una propuesta de determinación a fin que el contribuyente
sustente la observación o acepte dicha propuesta, luego de lo cual se emite la
resolución de determinación y/o la resolución de multa correspondiente, de ser
el caso.
Comprobantes
de pago (CdP) y documentos relacionados electrónicos
•
Actualmente la SUNAT no efectúa
un adecuado control de los bienes transportados usando guías de remisión
electrónicas.
•
Se plantea establecer la
obligación del remitente o transportista a portar el medio que señale la SUNAT,
que permita identificar los comprobantes de pago, guías de remisión y/o
documentos que sustenten el traslado de los bienes, emitidos electrónicamente.
Medidas de Facilitación – Consultas Particulares
•
La consulta gremial prevista en el Código Tributario, no resulta
suficiente para asistir a los contribuyentes, más aún si se tiene en cuenta la
tendencia internacional que fomenta las labores de asistencia de la administración
tributaria.
•
Se plantea permitir que el
contribuyente consulte a la SUNAT sobre el régimen jurídico tributario
aplicable a hechos o situaciones concretas, vinculadas con tributos cuya
obligación tributaria no hubiera nacido al momento de la presentación de la
consulta o, tratándose de procedimientos aduaneros, respecto de aquellos que no
se haya iniciado el trámite del manifiesto de carga o la numeración de la
declaración aduanera de mercancías.
Medida contra la Evasión: Gastos
no deducibles cuando el comprobante de pago sea emitido
por un sujeto con la condición de “baja de oficio”
•
Se plantea prohibir la deducción de gasto y costo
sustentado con comprobantes de pago emitidos por sujetos que tengan la condición de “baja de oficio”.
MEDIDAS
DE GASTO
Las medidas tienen por
finalidad un impulso fiscal
adicional por el lado del gasto público.
Impulso
a la inversión pública. Se aprueba
la emisión interna de bonos soberanos hasta por S/. 3 000,00 millones para
financiar proyectos de inversión pública del Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, que sean priorizados por el Gobierno Nacional.
Para ello, se priorizarán los proyectos de inversión según la condición urbana
o rural de las zonas beneficiarias, teniendo en cuenta el impacto en el cierre
de brechas o en el desarrollo económico de la zona.
Impulso
a las pymes. Se autoriza para que a través
de núcleos ejecutores, se adquiera vestimenta para la PNP con cargo a saldos de
los recursos del presupuesto del año 2014. Esto significará inyectar S/. 243
millones a la economía de nuestro país durante el primer trimestre del 2015.
Impulso
al gasto en mantenimiento. Incremento
de porcentaje (hasta el 40%) de uso de recursos de canon para acciones de
mantenimiento a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y
universidades públicas, lo que permitirá que estas entidades cuenten con
mayores recursos para mejorar su operatividad, al mejorar su capacidad de
financiar la recuperación de equipos, vehículos e infraestructura necesarios
para los servicios que prestan.
Continuidad de inversiones y mantenimiento. Se propondrá al
Congreso de la República una norma que permita flexibilizar los requisitos para
darle continuidad a las inversiones y gasto en mantenimiento no ejecutado en el
2014. Esta continuidad podría ascender hasta S/. 3 300 millones (0,6% del PBI).
MEDIDAS
LABORALES
El Proyecto de Ley busca
optimizar ciertos aspectos de nuestra legislación laboral que permitan
incrementar la eficiencia del mercado laboral, sin recortar derechos a los
trabajadores, a la vez que se permite tener procedimientos más transparentes y
predecibles tanto para empresas como para los trabajadores.
Para ello se propone:
Fomentar la creación de empleo mediante la reducción de
fricciones en el mercado laboral inducida por obstáculos administrativos,
introduciendo el silencio administrativo positivo certificado, así como
ampliando las opciones de representación de los trabajadores en empresas con
varios sindicatos o con trabajadores no sindicalizados.
• Se busca mejorar la predictibilidad y manejo de
plazos en solicitudes administrativas con el silencio administrativo positivo
certificado, incluyendo mecanismos electrónicos y certificados de procesamiento
de estas solicitudes.
• Se establece un sistema electrónico para el manejo
de estos casos, de modo que el funcionamiento del sistema sea más flexible y
las empresas puedan realizar el trámite y su seguimiento, hasta el resultado
final, en línea.
• Se permite al trabajador elegir quién lo
representará en las negociaciones sobre ceses colectivos, lo cual le permite
mejorar la defensa de sus intereses.
Mejorar
la posibilidad de incentivos al desempeño a través de bonos no remunerativos
para los trabajadores.
• Actualmente, establecer un bono laboral voluntario
enfrenta los costos laborales no salariales (Essalud, pensiones, etc) dado que
se considera como parte de la remuneración
• Adicionalmente, se corre el riesgo de que el bono
se integre al salario regular, lo que lo hace un ingreso permanente, no atado
al desempeño Esto limita las
posibilidades de las empresas para incentivar el mejor desempeño y para los
trabajadores de mejorar su liquidez.
• Se propone que las empresas puedan establecer
bonos temporales, de hasta 20% de la remuneración mensual, sin estar afectos a
contribuciones a Essalud, pensiones, etc.
Reducir
los costos de transacción asociados a las inspecciones laborales, así como para
la formalización de trabajadores
• Se establece el criterio de cosa juzgada en la
labor inspectiva laboral. Es decir, cuando en una inspección se haya resuelto
con respecto a un hallazgo o problema detectado, las futuras inspecciones no
podrán revisar dicho caso, en tanto se considerará cosa juzgada.
• Asimismo, las inspecciones que se apliquen sobre casos
judicializados
conllevaran sanciones a los funcionarios.
• En cuanto a los vocales del tribunal laboral de la
SUNAFIL, se buscará favorecer una composición multidisciplinaria, si bien
siempre ligada al quehacer laboral, que pueda considerar tanto las consecuencias
legales como económicas de sus decisiones.
Tipificación del despido colectivo por razones económicas
§
Reducir el porcentaje de trabajadores requeridos para el despido por
motivos económicos de 10% a 5%. Ello
evita, en parte, que el despido colectivo por motivos económicos sea mayor al
requerido por las empresas.
§
Establecer un sistema informático para el proceso de despido por motivos
económicos, tecnológicos, estructurales o análogos que permita el silencio
administrativo positivo certificado: Establece que en el procedimiento de aprobación del despido colectivo
si la entidad de trabajo no emite resolución en el tiempo determinado por la
Ley se dé por aprobado el despido colectivo a través de un certificado
automático.
§
Facultar al trabajador la decisión de quien lo
representará en un proceso de ceses colectivo, si es con el mismo trabajador,
su representante o el sindicato. Con esta medida se otorga el poder de decisión
al trabajador, y de considerarlo más conveniente el trabajador puede establecer
que la negociación se realice con el sindicato estando en una situación similar
al anterior.
Estas medidas tienen los siguientes beneficios:
- Permite que las empresas ajusten en el número
adecuado la demanda de trabajadores, según los requerimientos del mercado, y
con ello afrontar entornos económicos desfavorables, en especial las
empresas de menor tamaño.
- Mejora la asignación del
capital humano que dispone la economía.
- Incide en una mayor
formalización al flexibilizar la demanda de trabajadores.
- El silencio administrativo
positivo certificado permite evitar rigidez laboral que se darían en la parte
administrativa.
- Facilita el proceso de negociación por ceses
colectivos y considera los intereses del trabajador.
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