martes, 23 de octubre de 2012

Las golondrinas vienen de España

El Banco Central de Reserva del Perú registra que en el periodo 2001 - 2011 una inversión directa extranjera de US$ 49,508 millones. Nada mal para un país que hasta hace poco menos de veinte años sufría los efectos de una de las peores hiperinflaciones del mundo. 

Sin embargo, es necesario distinguir al inversor o inversionista extranjero, de aquellas empresas extranjeras que sólo buscan generarse utilidades a través de las obras públicas. En estos casos no nos encontramos frente a inversionistas, pues quien invierte es el Estado. 

Como en casi todos los países del mundo, es el Estado el primer inversionista del país. Cada año dispone miles de millones de soles para la construcción de carreteras, hospitales, veredas, agua, energía, alimentos, etc. 

Para poder acceder a estos jugosos contratos de obra pública con el Estado - a través de sus ministerios, gobiernos regionales, municipalidades etc. - es necesario estar inscrito en el Registro de Proveedores del Estado. 

En el caso de infraestructura – obras públicas - se asigna a las empresas constructoras el monto máximo por el cual pueden contratar con el Estado, tomando en cuenta su capital social y experiencia. Y eso está muy bien, pues el Estado debe asegurarse que las obras públicas sean realizadas por empresa con experiencia y que se encuentren acreditadas en el país. 

La exigencia del capital social suscrito y pagado no tiene por finalidad garantizar la obra, pues para ello existe la garantía de cada contrato, pero si permite al Estado perseguir a quienes de mala fe ocasionan un perjuicio al Estado más allá de la vigencia de garantía o cometen actos delictivos, como es el caso del lavado de activos, corrupción de funcionarios, entre otros. 

El problema se genera cuando la exigencia legal de capital social o depósito dinerario efectivo sólo se aplica a las constructoras nacionales y se excluye de dicha obligación a las extranjeras. No sólo se genera un trato diferenciado y a todas luces discriminatorio, sino que genera un manto de impunidad en aquellas empresas constructoras “golondrinas”. Muchas sólo llegan al país a obtener jugosos contratos con el Estado e inmediatamente después se retiran, algunas veces inclusive dejando trabajadores impagos u obras inconclusas o defectuosas. Ejemplos hay varios a lo largo y ancho del país. 

Hoy en día que España pasa por apuros debido a la crisis económica internacional, miles de constructoras han quebrado o están a punto de hacerlo. Estas constructoras españolas no están encontrando mejor forma de resolver sus problemas que acudir a Perú y Colombia, entre otros países, a obtener los contratos del Estado. 

Como no se les exige capital inscrito y pagado en el país – gracias a la OCSE -, pues sencillamente envían a una persona que dice venir en nombre de la empresa, señalan que tiene un capital determinado en su país, y el “benefactor” Estado peruano a través de la OCSE les da límites de contratación con el Estado que ya quisieran tener las empresas nacionales. 

El Congreso corrigió esta distorsión a través de una recientemente promulgada Ley, sin embargo vemos como el Ministerio de Economía y Finanzas a través del Reglamento de la Ley vuelve a dar inclusive mayores facilidades al ingreso de estas empresas constructoras “golondrinas”, que como señalamos, no invierten un sol en el país.

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